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NUEVO PEDIDO DE REVISIÓN EN LA CAUSA DE NAHIR GALARZA

La situación judicial de Nahir Galarza volvió a instalarse en el centro de la escena luego de que su defensa solicitara una revisión extraordinaria de su condena. Sobre este punto se refirió Alejandra Maglietti , quien explicó en detalle los motivos detrás de este nuevo movimiento legal y puso en contexto cómo se desarrolló la causa desde sus inicios.

Nuevo pedido de revisión en la causa de Nahir Galarza
Nuevo pedido de revisión en la causa de Nahir Galarza Foto: Paparazzi

Según publicó Paparazzi, La situación judicial de Nahir Galarza volvió a instalarse en el centro de la escena luego de que su defensa solicitara una revisión extraordinaria de su condena. Sobre este punto...

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El contexto

“¿La condena de Nair Galarza está en duda? Te voy a explicar por qué ahora está pidiendo la revisión extraordinaria de su condena. Nahir Galarza vuelve a estar en el centro de la escena porque su defensa solicitó un recurso de revisión extraordinaria ante el Tribunal Superior de Entre Ríos. Pero para entender el reclamo, hay que entender cómo se llevó adelante la causa en su momento”, comenzó señalando.

Para comprender el caso, Maglietti recordó cómo ocurrieron los hechos. “El hecho ocurrió a la madrugada del 29 de diciembre de 2017 en Gualeguaychú, Entre Ríos. Fernando Pastorizo fue encontrado tirado en la vía pública con dos disparos de arma de fuego. Inicialmente, Nahir se presentó como testigo, pero horas después se entregó a la justicia y confesó haber sido autora de los disparos, aunque a medida que el proceso avanzaba, cambió varias veces su versión y sostuvo que los tiros habían sido accidentales”.

En ese sentido, la panelista hizo foco en las pruebas que llevaron a la condena. “La acusación de la Fiscalía y la posterior condena del tribunal en el 2018 se basaron en pruebas contundentes. En primer lugar, la pericia balística determinó que los disparos se realizaron a corta distancia con la pistola 9mm reglamentaria de su padre, Marcelo Galarza, quien era policía de Gualeguaychú. Además, los peritajes de las telecomunicaciones demostraron la existencia de una relación de pareja entre ambos, lo que activó el agravante por el vínculo, por lo que llevó a la justicia a aplicarle la máxima pena por homicidio calificado”.

Maglietti también remarcó que la condena ya cuenta con aval de la Corte Suprema, lo que complejiza cualquier intento de modificación. “Hay que tener en cuenta que la condena a Nair ya está confirmada por la Corte Suprema de Justicia, lo hizo en el año 2024. Pero ahora, Nair busca una revisión extraordinaria que está prevista en el Código Procesal Penal de la provincia de Entre Ríos. Por eso lo hace ante el Superior Tribunal de Justicia de esa provincia”.

Que se sabe

En cuanto a los argumentos de la defensa, la abogada explicó cuáles son los puntos que buscan cuestionar. “¿En qué se basa el pedido a esta revisión? Lo que sostiene su defensa es que existieron irregularidades durante la investigación primaria, cuestionando la idoneidad del perito informática, que es quien recolectó los mensajes del celular, y dicen además que al caso no se le aplicó perspectiva de género”.

Sobre este aspecto, Maglietti subrayó la importancia de esa prueba dentro del expediente. “El tema del perito informática es muy importante porque del análisis de los mensajes que se extrajeron de su celular surgió que entre ellos, es decir, entre Nahir y Fernando, existía una relación de pareja y por estos mensajes se pudo probar que existía este vínculo. Y por este vínculo fue ella condenada a prisión perpetua porque esa es la pena que establece el Código Penal para estos casos”.

Finalmente, dejó en claro cuál es la estrategia de la defensa y qué es lo que está en juego de cara a esta nueva instancia judicial. “Por lo tanto su estrategia es destruir esta prueba que fue clave para que no se pueda aplicar el agravante y sea condenada por homicidio simple. Ahora la justicia es quien deberá determinar si los planteos presentados constituyen un elemento verdaderamente nuevo o inédito para reabrir una causa que ya tiene sentencia firme”.

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