El gobierno asume el control de los fondos y los sumarios policiales
La Provincia oficializó la puesta en marcha de la Ley N° 10.908, una reforma que modifica el régimen de conducción de la Policía y el Servicio Penitenciario, trasladando el manejo de partidas presupuestarias y la potestad sancionatoria a manos civiles.

La norma fue publicada en la edición N° 12.398 del Boletín Oficial tras ser promulgada mediante el Decreto N° 1.627, firmado por el gobernador Ricardo Quintela y el secretario general de la Gobernación, Jorge Ricardo Herrera.
Control civil sobre recursos y disciplina
La reforma termina con el histórico autogobierno administrativo y disciplinario de las fuerzas de seguridad. A partir de ahora, el Ministerio de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos, a cargo de Miguel Ángel Zárate, asumirá la administración directa de los fondos especiales policiales y el control externo de los agentes.
- Gestión presupuestaria: El Ministerio formulará el anteproyecto de previsiones y administrará los fondos especiales, estableciendo protocolos de control y rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas.
- Auditoría y Control Externo: Se crea una dirección autónoma fuera de la cadena de mando policial para investigar y juzgar faltas disciplinarias, con capacidad de inspeccionar comisarías y secuestrar elementos de prueba.
Nueva estructura de las fuerzas
La ley rediseña el organigrama de seguridad, disolviendo la antigua Dirección General de Seguridad para dividirla en dos áreas: Seguridad Capital y Seguridad Interior. Además, se establecen nuevas direcciones especializadas en investigación criminal, delitos complejos, inteligencia y pericias forenses.
Por su parte, el Servicio Penitenciario también ajusta su estructura superior, mientras que se crea el Observatorio de Estudios sobre Convivencia y Seguridad Ciudadana para centralizar datos estadísticos sobre delitos y violencia.
Con la entrada en vigencia de esta ley, las normativas anteriores como la Ley N° 9.940, la Ley N° 7.061 y la Ley N° 10.534 mantienen una vigencia supletoria, quedando subordinadas a los nuevos lineamientos de conducción política y civil.
Fuentes consultadas
- Medio citadoNuevarioja Sociedad
En contexto
El Gobierno provincial reglamentó la Ley N° 10.893 mediante el Decreto N° 1.521, estableciendo un nuevo plazo de 90 días hábiles para gestionar el beneficio de retiro.
JUBILACIONES ESTATALES: CORRIGEN LEY PARA ACCEDER A LA BONIFICACIÓN POR RETIROLa Provincia oficializó la Ley N° 10.906 que establece el retiro obligatorio para agentes en condiciones de jubilarse. Quienes no inicien el trámite en 10 días sufrirán la suspensión del pago de la suma fija no remunerativa.
JUBILACIÓN OBLIGATORIA: EL GOBIERNO INTIMARÁ A ESTATALES
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