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JUBILACIÓN OBLIGATORIA: EL GOBIERNO INTIMARÁ A ESTATALES

El Gobierno de La Rioja formalizó la entrada en vigencia de la Ley N° 10.906, que impone un mecanismo de jubilación obligatoria para los empleados de la administración pública provincial que reúnan los requisitos previsionales nacionales.

Jubilacion obligatoria: el Gobierno intimara a estatales
Jubilacion obligatoria: el Gobierno intimara a estatales Foto: Nuevarioja Sociedad

La medida, promulgada mediante el Decreto N° 1.569 firmado por el gobernador Ricardo Quintela, modifica el Estatuto para el Personal de la Administración Pública Provincial y establece plazos perentorios para el pase a retiro del personal.

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Plazos y sanciones económicas

La normativa dispone que, una vez que el agente cumpla con los requisitos de edad y años de aportes (60 años mujeres y 65 años varones, con 30 de servicio), el área de Recursos Humanos deberá intimarlo formalmente. El trabajador contará con un plazo de diez días corridos, improrrogables, para acreditar el inicio del trámite ante el organismo previsional.

El incumplimiento de este plazo derivará en la suspensión inmediata del pago del emolumento conocido como 'Quincenita' (Decreto N° 880/07). Este beneficio solo será reintegrado una vez que el agente presente la constancia fehaciente de que ha comenzado las gestiones jubilatorias.

Baja definitiva y excepciones

La ley fija un plazo máximo de permanencia en el cargo de tres meses tras la intimación, o hasta que se acuerde el beneficio previsional. Si al cumplirse los tres meses el trabajador no ha iniciado el trámite, será cesanteado de oficio.

La única excepción contemplada para evitar la cesantía es la acreditación de causas no imputables al agente, como demoras administrativas o falta de turnos en ANSES, situación en la cual se podrá otorgar una prórroga.

  • El Estado debe facilitar la certificación de servicios y documentación necesaria.
  • La medida se articula con la política de reordenamiento de la planta de personal, complementando la reciente reglamentación de la Ley N° 10.893 mediante el Decreto N° 1.521 para personal no escalafonado.

La implementación de esta ley busca estandarizar el retiro de los agentes que ya han cumplido con su etapa laboral activa, marcando una nueva etapa en la administración de los recursos humanos provinciales.

Fuentes consultadas

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