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GRANDES EMPRESAS PODRÁN PAGAR EL APORTE EXTRAORDINARIO CON BOCADE

La Dirección General de Ingresos Provinciales (DGIP) reglamentó el "Aporte Extraordinario aplicable a Sujetos de Mayor Capacidad Contributiva", habilitando formalmente a las empresas alcanzadas a utilizar BOCADE (Chachos) para saldar esta obligación tributaria.

Grandes empresas podrán pagar el aporte extraordinario con BOCADE
Grandes empresas podrán pagar el aporte extraordinario con BOCADE Foto: Nuevarioja Sociedad

La medida fue establecida mediante la Resolución General Nº 19/2026, en el marco de la Ley Provincial Nº 10.907, que impone un recargo temporal a contribuyentes con bases imponibles mensuales iguales o superiores a los 2.000.000.000 de pesos.

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Alcance y condiciones del aporte

El tributo alcanza a personas humanas y jurídicas inscriptas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, tanto del Régimen Local como del Convenio Multilateral con sede o ingresos en la provincia. La alícuota establecida es del 25% adicional sobre el impuesto determinado, sin cómputo de deducciones.

La vigencia del aporte es transitoria, aplicándose sobre los anticipos mensuales de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2026. Los vencimientos operan el último día hábil del mes siguiente al anticipo liquidado.

  • Base imponible: $2.000.000.000 mensuales o superior.
  • Alícuota: 25% adicional sobre Ingresos Brutos.
  • Medios de pago: Pesos y BOCADE (Chachos).

Restricciones y destino de los fondos

La normativa prohíbe el uso de saldos a favor acumulados en otros gravámenes para cancelar esta obligación, debiendo gestionarse el pago de forma independiente a través de la web oficial de la DGIP.

Lo recaudado tiene una afectación específica: se transferirá al Fondo Solidario de Gestión Alimentaria (FO.S.G.A.) para financiar el Programa Alimentario Riojano (P.A.R.).

En caso de mora, se aplicarán intereses resarcitorios según el Código Tributario Provincial, quedando las acciones de cobro a cargo de la Subdirección de Recaudación.

Las empresas deberán generar las boletas de pago a través del sitio oficial www.dgiplarioja.gob.ar o en las receptorías habilitadas para cumplir con la nueva normativa.

Fuentes consultadas

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